FICHEROS DE MOROSOS

INCLUSION DE TUS DATOS PERSONALES EN UN FICHERO DE MOROSOS.

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Estimado consumidor. Tal vez te hayas visto, o puedas verte en un futuro, afectado por la inclusion de manera injustificada de tus datos personales en un fichero de morosos. Pues bien, tienes que saber que puedes reclamar los daños que se te hayan causado si no se cumplen los requisitos normativamente impuestos.

Repasemos las caracteristicas más relevantes que debes apreciar para que tus datos puedan incorporarse a estos registros.

Los ficheros de morosidad, conocidos como sistemas de información crediticia (ASNEF, CIRBE, RAI) suponen un registro en los cuales se detallan los impagos de personas físicas. Pero para poder incluir los datos de una persona en uno de estos ficheros deben cumplirse unos requisitos:

- Se debe haber cursado una reclamación previa por parte del acreedor indicando la existencia de la deuda.

- La manifestación de la posibilidad de inclusión ha de estar recogida en el contrato que se hubiese formalizado, aun cuando se informe de esta opción en el momento de requerir el pago.

- Deberá trascurrir un plazo minimo de 4 meses desde el requerimiento previo de reclamación de pago hasta la inclusión efectiva en el fichero.

- Te deben informar del ejercicio de tus derechos ARCO y LOP (acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos, oposición y decisiones individuales automatizadas). El plazo del que dispones para ejercer estos derechos es de 30 días desde que te notifiquen la inclusión.

- La cantidad minima reclamable que permite la incorporación de datos personales en estos registros es de 50 euros cuando se trata de personas fisicas.

- La deuda reclamada debe ser cierta (existente y acreditada), vencida (expirado el plazo establecido de pago y no prescrita), exigible (por fundamentarse en un servicio o bien adquirido) y no estar discutida (no haberse iniciado un procedimiento de reclamación, administrativa o judicial).

El Tribunal Supremo ha mantenido en su STS 174/2018, de 23 de marzo, que no cabe incluir en los ficheros de morosidad datos personales por razón de deudas inciertas, dudosas, no pacíficas o sometidas a litigio.

- El plazo máximo que un deudor puede permanecer en un fichero de morosidad es de 6 años, incluso aunque la deuda no se hubiese satisfecho.

En caso de que tus datos hayan sido incluidos erróneamente, e injustamente, deberían indemnizarte por los daños causados.

Considera que la aparición en este tipo de registros puede dificultar la concesión de financiación que precises en momentos puntuales (préstamos, créditos, compras de pago aplazado, concesión de tarjetas de crédito, participación en programas de ayudas o subvenciones). Empresas financieras y organismos públicos y privados acuden a estos ficheros para evaluar y valorar tu solvencia económica.

Es por ello importante actuar en caso de que se vulneren tus derechos


Terminando para no cansarte... 

En una futura entrada comentaremos la reclamación que puedes ejercer por caída en la via pública a consecuencia de desperfectos en el acerado.

Gracias por haber llegado hasta aquí. Ponte en manos de un experto en consumo que te asesore y analice tu caso para atender a las peculiaridades que presente. Y recuerda, nunca dejes de aprender y compartir tus conocimientos para contribuir a un mundo más justo.

Ya lo dijo George Herbert of Cherbury, "El que sale de deudas,  ya comienza a ser rico".


 

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