CANCELAR DEFINITIVAMENTE LA HIPOTECA

Y ahora que he pagado la hipoteca, ¿qué?.

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Estimado consumidor, gracias por hacerme llegar tu consulta. Vamos a aclarar los pasos que debes seguir cuando has acabado de pagar tu hipoteca y deseas cancelar la carga que pese sobre tu vivienda o inmueble.

Pues bien, lo primero que tienes que hacer es dirigirte a tu entidad bancaria con la que suscribiste el préstamo hipotecario y solicitar que expida el Certificado de Deuda cero.

Este documento, gratuito, no te olvides, indicara que no tienes deudas pendientes de liquidar con el banco en concepto de la hipoteca que has acabado de pagar.

Una vez expedido deberías solicitar en la notaría que elijas que confeccione la escritura de cancelación hipotecaria. Para ello el notario solicitará que le entregues el certificado de deuda cero.

No te olvides de pedir a tu entidad que acuda a notaria a firmar la escritura de cancelación una vez aue este preparada. La entidad bancaria no debe cobrarte comisión alguna por esta gestión, no siquiera gastos de desplazamiento.

Los gastos de escritura serán de tu cuenta (eres tu el interesado).

Una vez que tengas la escritura de cancelación debes liquidar en la Oficina Liquidadora que te corresponda, por razón del lugar donde esté el inmueble, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD). Ten presente que las escrituras de cancelación están exentas de gravamen y no tendrás que abonar nada (coste cero).

Liquidado el impuesto deberás acudir al Registro de la Propiedad con la escritura de cancelación y el Impuesto liquidado para inscribirlos y hacer constar que no existe carga sobre el inmueble, puesto que la hipoteca ya ha sido cancelada.

El gasto por aranceles de registro van a depender del importe de la hipoteca (no todo va a ser gratis).

Piensa que este paso es importante que se haga sobre todo si pretendes vender (enajenar, diríamos en términos jurídicos) la vivienda (inmueble) puesto que nos pedirán que este libre de cargas y gravámenes.

Antes de comprar es habitual, y recomendable, pedir una nota simple al Registro de la Propiedad para comprobar que cargas pesan sobre el inmueble.


Por último para no cansarte...

Gracias por tu consulta, en próximas entradas comentaremos los contratos de arras penitenciales y arras penales que te pueden proponer cuando pretendas adquirir una vivienda.

Gracias por haber llegado hasta aquí. Ponte en manos de un experto en consumo que te asesore y analice tu caso para atender a las peculiaridades que presente. Y recuerda, nunca dejes de aprender y compartir tus conocimientos para contribuir a un mundo más justo. 

Recuerda lo que dijo Mario Benedetti, "la vivienda no es solo un bien inmobiliario, es también una forma  de consolidación espiritual".


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